El Programa de Transparencia y Ética Pública fue creado mediante el artículo 31 de la Ley 2195 de 2022, cuyo contenido modificó artículo 73 de la Ley 1474 de 2011 que creaba el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano. En este marco, los Programas de Transparencia y Ética Publica se deben formular para promover la cultura de la legalidad e identificar, medir, controlar y monitorear constantemente el riesgo de corrupción en el desarrollo de la misionalidad institucional.

 

 

HISTÓRICO DEL PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

A continuación, se cuenta con los archivos de planeación y gestión de lo que anteriormente se denominaba Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano:

En cumplimiento a lo establecido en el Estatuto Anticorrupción (Artículo 73 de la Ley 1474 de 2011) y el Decreto 2641 de 2012, el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano se plantea como la estrategia que la Universidad Distrital Francisco José de Caldas ha definido para la lucha contra la corrupción y el afianzamiento de la cultura de servicio al ciudadano, tiene como objetivo específico la prevención de eventos y situaciones de corrupción que eventualmente se puedan presentar en el entorno de nuestro accionar y generar Procesos de Control (Auto-Control, Control Institucional, Control Ciudadano) para garantizar y reconocer los derechos y deberes de todos los que de una u otra manera nos vinculamos con la organización, ya sea a nivel de usuario interno, externo, comunidad y Estado.

 

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